Programa ATP: una “ayuda” que perjudicaría a varias pymes
Desde el Estado se generó en abril el Programa de Asistencia y Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), con la intención de ayudarle a pagar los sueldos a muchas empresas que se vieron perjudicadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio. No obstante, debía cumplirse con ciertos requisitos que generaron malestar entre los empresarios, lo cual provocó que algunas empresas terminaran devolviendo la ayuda recibida a fin de no encontrarse con “sorpresas”.
El contador Marcelo Olea, explicó a FM Vos (94.5) y Diario San Rafael, que hay empresas que se están bajando del programa ATP porque aparecieron restricciones que producen consecuencias negativas para quienes llevan adelante ciertas acciones en el mercado de capitales, lo que les significaría tener que devolver el beneficio pues se transformaría en una restricción para el acceso, incluso para quienes recibieron la ayuda en el mes –devengado– de abril.
Una de las restricciones que va a provocar problemas a más de una empresa, tiene que ver con la distribución de sus utilidades. “Pensemos que en el mundo las empresas necesitan distribuir las utilidades en más o en menos, sobre todo aquellas pymes donde los dueños tienen como única actividad la de la empresa, con lo cual para su subsistencia requieren que la empresa distribuya y vaya distribuyendo parte del capital invertido. Pensar que las empresas tienen que tener restricciones en el tiempo, es un despropósito”, dijo.
Por otra parte, empresas más grandes, se ven en la dificultad de estar obligadas a operar con el dólar a precio oficial o con el Contado Con Liquidación (CCL), lo cual establece otras trabas relacionadas con el plazo de tenencia de los bonos para poder hacerlos efectivos en la moneda norteamericana.
El contador resaltó que frente al panorama que ofrece la pandemia no se pueden tomar decisiones a mediano y largo plazo.
Cabe decir que la devolución de la “ayuda” prestada originalmente por el Estado, ya se encuentra instrumentada mediante una resolución legal. No obstante, esa devolución debe hacerse con intereses y aplicando el índice Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
Cabe decir que la Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció que desde esta semana, hay que esperar 5 días hábiles para vender títulos con liquidación en moneda extranjera en el exterior o localmente, lo cual se llevó a cabo para desincentivar la demanda de dólares.