La Justicia exige información a la Municipalidad de Pinamar y programó una inspección en La Frontera

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Exigencia de la Justicia a la Municipalidad

El Juzgado de Dolores ha instado a la Municipalidad de Pinamar a que revele quiénes son los propietarios de los terrenos situados en las zonas conocidas como «La Frontera» y «La Olla». Como parte de este proceso, se convocó a una audiencia presencial y se estableció un reconocimiento judicial de dicha área.

Detalles del amparo judicial

Esta acción surge en el contexto de un amparo judicial que resultó en la emisión de una medida cautelar que prohíbe actividades con vehículos en «La Frontera». En este sentido, el juzgado ha solicitado a la municipalidad que proporcione datos de los titulares de los inmuebles, utilizando para ello los registros que posee.

Audiencia programada

Una audiencia crucial ha sido fijada para el 10 de febrero a las 12.30, donde deberán asistir todas las partes implicadas. Entre los convocados se encuentran el exdirector de la Agencia de Seguridad Vial, Pablo Martínez Carignano, quien presentó el amparo y logró la medida cautelar.

Inspección judicial

Adicionalmente, se realizará un reconocimiento judicial en las mencionadas áreas, programado para el 5 de febrero de 2026, de 15 a 20 horas, permitiendo al magistrado observar directamente las condiciones del lugar.

Contexto de la medida cautelar

Días atrás, el juez Felix Ferrán prohibió actividades vehiculares en la zona, en respuesta a una serie de incidentes, incluyendo un accidente grave que involucró al niño Bastian y un choque entre un UTV y una camioneta. La municipalidad ha impugnado esta decisión, apelando tanto a la legitimidad del demandante como al alcance de las responsabilidades que le son atribuidas en un terreno privado.

Argumentos de la municipalidad

La Municipalidad de Pinamar ha presentado un recurso de apelación, argumentando que la medida se tomó sin considerar el debido proceso ni permitir un tiempo adecuado para su defensa. En su escrito, la municipalidad afirma que “la medida cautelar dispuesta fue dictada sin respetar el plazo razonable para que esta Municipalidad pudiera ejercer su derecho a informar y acreditar las múltiples acciones” que ha llevado a cabo para abordar esta problemática.

Asimismo, critica la decisión por fundarse en una presunción de inacción estatal, insistiendo en que esta no ha sido comprobada. La municipalidad también sostiene que no se le puede considerar responsable de impedir actividades en terrenos privados, destacando que, en cuestiones delictivas, el estado provincial debe ser el principal involucrado, incluyendo a sus fuerzas de seguridad.

Conclusión del recurso de apelación

Finalmente, el recurso enfatiza que las actividades prohibidas ya están reguladas por leyes y ordenanzas, que las sancionan. «Las conductas se encuentran prohibidas y sancionadas», concluye la municipalidad en su argumentación, haciendo referencia a disposiciones del Código Penal, el Código de Faltas bonaerense y diversas ordenanzas locales.

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