Pinamar solicita la revocación de la prohibición de vehículos en La Frontera
Pinamar apela la prohibición de actividades con vehículos
El municipio de Pinamar ha presentado un recurso de apelación para que se modifique la medida cautelar que impide la realización de actividades vehiculares —incluyendo pruebas de destreza, competencias informales y competencias de velocidad— en la zona conocida como «La Frontera» o «La olla«.
Argumentos del municipio
En su presentación, el Municipio argumenta que la decisión judicial es «errada» e «irrazonable«. Uno de los puntos más destacados en la apelación se centra en el procedimiento mediante el cual fue dictada la cautelar. Según el escrito, la prohibición fue implementada sin garantizar el debido proceso y sin proporcionar un plazo adecuado para que el Municipio pudiera defenderse y demostrar las acciones que ha estado llevando a cabo en coordinación con organismos a nivel provincial y nacional.
- La cautelar «fue dictada sin respetar el plazo razonable para que esta Municipalidad pudiera ejercer su derecho a informar».
- La apelación también refuta que la prohibición se funde en una presunción de inacción estatal, la cual no ha sido validada.
Cuestionamientos a la legitimidad del demandante
Otro de los ejes que la apelación aborda es la falta de legitimación del demandante, identificado como Pablo Martínez Carignano, exdirector de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. El Municipio sostiene que la decisión judicial asumió la existencia de una representación colectiva sin un análisis adecuado. «La legitimación no se presume, sino que debe ser objeto de verificación judicial expresa», enfatiza el recurso.
El fallo fue firmado por el juez civil y comercial de Dolores, Felix Ferrán. Según el Municipio, no se ha demostrado un interés directo que justifique la acción judicial, además de señalar que se le ha asignado responsabilidad principal en la prohibición de actividades que se llevan a cabo en un inmueble privado.
Medidas adoptadas por el municipio
La Municipalidad ha afirmado que ha estado implementando medidas dentro de su competencia, incluyendo denuncias penales y solicitudes de inhabilitación, para evitar que estas actividades se realicen. El recurso alega que es el propietario del terreno quien debe ejercer el control del ingreso y exclusión de personas.
Asimismo, se indica que en situaciones de delitos, la intervención debe corresponder al Estado provincial, a través de sus fuerzas de seguridad y el Ministerio Público Fiscal.
Conclusión de la apelación
Finalmente, el municipio sostiene que la cautelar resulta innecesaria, ya que las conductas prohibidas ya están penalizadas y sancionadas bajo las normativas vigentes. «Las conductas se encuentran prohibidas y sancionadas«, enfatizó el Municipio, al citar el Código Penal, el Código de Faltas bonaerense y diversas ordenanzas municipales.
Con base en estos argumentos, la Municipalidad de Pinamar ha solicitado que se revoque la sentencia, alegando que la medida cautelar carece de fundamentación adecuada y vulnera derechos básicos, asignándole responsabilidades que, según afirma, superan el marco legal actual.
