Reforma Laboral: Nuevas Normativas para el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral
Reglamento del RIFL por ARCA
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha oficializado la implementación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) mediante la publicación de la Resolución General 5844/2026 en el Boletín Oficial este miércoles. Esta legislación forma parte de la Ley 27.802 de Modernización Laboral y detalla «el procedimiento, las formas, los plazos y demás condiciones» que los empleadores deben seguir para beneficiarse.
Condiciones del Beneficio
Este régimen está orientado a empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores. El incentivo consiste en una reducción de hasta 48 meses en las cargas sobre los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo, el régimen de asignaciones familiares y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
Requisitos para el Acceso
De acuerdo a lo estipulado, este beneficio está disponible para aquellos trabajadores que no tengan empleo registrado antes del 10 de diciembre de 2025 o que hayan estado desempleados en los seis meses previos a su contratación. Además, el régimen será aplicable a relaciones laborales registradas entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.
Pasos a seguir por los Empleadores
Los empleadores interesados deberán registrar a sus nuevos trabajadores a través del sistema de “Simplificación Registral”, empleando un código específico de modalidad de contratación. También deberán identificar a los empleados incluidos en la declaración jurada de cargas sociales (Formulario 931).
El objetivo de esta medida es fomentar la reducción de contribuciones patronales para aquellos que opten por modalidades de empleo formal.
Limitaciones y Exclusiones
Sin embargo, existen limitaciones: no podrán beneficiarse del régimen aquellos empleadores registrados en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) ni aquellos que realicen prácticas abusivas, como la sustitución de personal para obtener beneficios indebidos. Además, el incumplimiento de los requisitos establecidos llevará a la pérdida de dicho beneficio, obligando a los empleadores a presentar declaraciones juradas rectificativas y a cubrir diferencias con intereses y sanciones correspondientes.
Finalmente, se destaca que las normativas completas entrarán en vigencia a partir de su publicación y aplicarán a las declaraciones juradas desde mayo de 2026 en adelante.
