25 septiembre 2026

Un caso inédito: una mujer descubre que fue grabada sin su consentimiento y el juez califica el hecho como lesiones graves

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Descubrimiento impactante en La Plata

Todo comenzó frente a una computadora. Una mujer, de 31 años, estaba en la casa de su pareja en La Plata cuando encendió la computadora de él y, al revisar los archivos recientes, tropezó con una carpeta oculta. En su interior, encontró fotografías y videos de contenido sexual. Al principio, pensó que pertenecían a otras mujeres y asumió que su pareja podría estar siendo infiel. Sin embargo, al observar con más detenimiento, se dio cuenta de que las imágenes eran de ella misma. “Me empiezo a reconocer en las imágenes de los videos, me doy cuenta que la de los videos y fotos era yo”, relató ante la fiscalía.

La grabación clandestina

Las filmaciones, que se desarrollaron a lo largo de un año y medio, mostraban escenas de relaciones sexuales y fotos de ella durmiendo, elementos que la mujer no había conocido antes de su descubrimiento. A partir de un reloj despertador que su pareja, de 28 años, le había mostrado como un objeto de gran valor sentimental heredado de su padre, la mujer confirmó que contenía una cámara oculta. Tras esta revelación, se sintió vulnerada y decidió buscar ayuda.

  • Contactó a su psicólogo.
  • Se comunicó con la Línea 144.
  • Habló con una amiga.

Ella recordó la insistencia de su pareja para que se quedara a dormir en su departamento, y ahora interpreta esas exigencias como una forma de control. En su hallazgo, descubrió también otros videos de diferentes mujeres y contenido descargado de OnlyFans. La investigación ahora evalúa si el hombre comercializó o difundió alguna de las imágenes.

Un enfoque judicial sin precedentes

El caso presenta una novedad jurídica ya que no existe un delito específico que tipifique esta conducta. La Ley Olimpia, aprobada en 2023, integró la violencia digital en la Ley 26.485, permitiendo así considerar la obtención y difusión sin consentimiento de material íntimo como violencia contra las mujeres. Sin embargo, esta legislación aún no condena de forma directa la grabación no consentida.

“Es un caso único en el país porque no está penalizado filmar a alguien sin consentimiento”, explica la abogada de la mujer, Florencia Zerda, fundadora de Gentic, una organización de apoyo a víctimas de violencia de género. La fiscalía no solo se enfoca en penalizar la grabación clandestina, sino también en el impacto psicológico que causó en la víctima.

El daño psicológico comprobado

La fiscal Mariana Ruffino, a cargo de la investigación, detalló que desde el inicio del proceso se percibieron las consecuencias emocionales del descubrimiento. Tras ser citada para aportar pruebas, la mujer presentó un cuadro psíquico reactivo severo, evidenciando síntomas como ansiedad, hipervigilancia y alteraciones del sueño. Una amiga de la víctima indicó que, tras el descubrimiento, su comportamiento cambió notablemente: «Ya no es la misma».

El informe psicológico, crucial para el avance del caso, permitió a la fiscalía clasificar el hecho como lesiones graves agravadas, justificando que el tiempo de curación del trauma sobrepasa los 30 días requerido por el Código Penal.

La privacidad en el centro de la investigación

Además de los dispositivos de grabación, la fiscalía asegura que se están llevando a cabo pericias informáticas para preservar la intimidad de la víctima. “Las imágenes fueron vistas por nosotros, pero no se incorporaron a la causa para no violar su intimidad”, explicó la fiscal. Por el momento, se sigue indagando si el acusado distribuyó o comercializó el contenido íntimo.

La mujer decidió guardar pruebas significativas y, tras confrontar a su pareja, obtuvo respuestas evasivas. En su declaración, el acusado se lamentó con frases como “No sé por qué lo hice”. Tras presentar su denuncia, la víctima recibió amenazas por parte de un abogado del acusado, quien intentó forzarla a borrar el material grabado.

Avance en un vacío legal

A medida que avanza la investigación, se busca comprobar que la violencia ejercida a través de la tecnología equivalga a un daño legalmente reconocible. “Estamos tratando de establecer que la violencia digital puede generar daños comprobables, aun sin haber un ataque físico”, concluye la fiscal Ruffino.

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