Ampliación de plazo para subsidios energéticos en clubes de barrio

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Extensión del plazo para la solicitud de subsidios

El Ministerio de Economía anunció este miércoles la extensión por 90 días del plazo para que los Clubes de Barrio y de Pueblo puedan solicitar su incorporación o reempadronamiento en el régimen de subsidios energéticos. Esta medida fue formalizada a través de la Disposición 3/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada en el Boletín Oficial, y está dirigida a las instituciones que desean acceder o mantener la tarifa diferencial en los servicios de electricidad y gas por redes.

Justificación de la ampliación de plazo

La norma amplía el plazo original establecido en la Disposición 4/2025, debido a que la Subsecretaría consideró que el periodo anterior fue insuficiente para que todas las instituciones interesadas finalizasen la inscripción o el reempadronamiento en virtud de la Ley 27.098. Los considerandos del documento indican que tampoco se completó el proceso de evaluación de todos los clubes ya registrados bajo el nuevo esquema. Por esta razón, se ha resuelto otorgar un nuevo plazo de 90 días corridos para que las entidades presenten sus solicitudes a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), la única vía habilitada para acceder a los subsidios energéticos.

Detalles del régimen de subsidios

La Ley 27.098 establece el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo, permitiendo que las entidades registradas en el Registro Nacional accedan a una tarifa social básica para servicios públicos. El procedimiento vigente, que ha sido reemplazado formalmente por un nuevo anexo aprobado por la disposición, regula el análisis de las solicitudes para ser incorporados en el Registro de Beneficiarios – Clubes de Barrio Res. SE 992/21.

  • El trámite se inicia con la generación de un expediente electrónico en TAD.
  • Un funcionario responsable evalúa la documentación y puede solicitar corregir inconsistencias.
  • Los clubes que ya eran beneficiarios mantendrán el subsidio mientras se lleva a cabo el reempadronamiento.
  • La decisión final es susceptible de recurso por vía administrativa según la Ley 19.549.

Actualizaciones administrativas

Además de la prórroga, la disposición sustituye formalmente el anexo aprobado en 2025 para ajustarlo a la actual estructura organizativa del Estado, dado que la Subsecretaría de Deportes, que es la autoridad de aplicación del Registro, pasó a depender de la Secretaría de Deportes del Ministerio del Interior. La norma aclara que este cambio no afecta el contenido del procedimiento, sino que actualiza las referencias orgánicas y mejora los mecanismos de control y trazabilidad. La disposición entró en vigor este miércoles con su publicación en el Boletín Oficial y fue firmada por el subsecretario de Transición y Planeamiento Energético, Antonio Milanese.

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