La Justicia detiene la aplicación de dos artículos de la reforma laboral tras un reclamo del sindicato de Comercio

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Medida cautelar del Juzgado Federal N° 2

El Juzgado Federal N° 2 de San Martín ha tomado la decisión de emitir una medida cautelar que suspende, por un plazo de seis meses, la aplicación de dos artículos de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. Esta resolución afecta específicamente a los artículos 131 y 133, relacionados con los empleados de Comercio, permitiendo así la vigencia de los convenios colectivos y protegiendo los derechos de los trabajadores del sector.

Impacto en los convenios colectivos

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), organismo que promovió la acción judicial, ha celebrado esta resolución que garantiza un respiro para la estructura de convenios que regula esta actividad. El fallo asegura la vigencia del CCT 130/75 y todos sus acuerdos derivados, protegiendo así a millones de trabajadores en todo el país.

Protección de los trabajadores mercantiles

Desde FAECYS, se ha destacado que esta medida cautelar es crucial para proteger las condiciones laborales y los beneficios de los trabajadores, que estaban en riesgo con la entrada en vigor de los artículos suspendidos. Esta decisión judicial también establece un precedente importante en el contexto de la aplicación de la Ley 27.802, la cual, si bien pretende modernizar y flexibilizar diversas normativas del mercado laboral, ha visto priorizada la estabilidad de los acuerdos existentes entre el sindicato y las cámaras empresariales.

A la fecha, la suspensión afecta únicamente al gremio mercantil, sin extenderse por el momento a otras áreas sindicales.

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