Empleados de comercio: ingresos de diciembre con aumentos y aguinaldo

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Pago del aguinaldo y aumentos en diciembre

Durante el mes de diciembre, los empleados de comercio en Argentina reciben la segunda cuota del aguinaldo (Sueldo Anual Complementario – SAC), que se suma a la liquidación de salarios mensual, aunque las fechas de pago varían. Cada medio aguinaldo equivale al 50% del salario más alto devengado por el trabajador en el semestre que abarca de julio a diciembre.

Detalles del pago de diciembre

En este último mes del año, los trabajadores del sector experimentan un incremento del 1% en sus haberes y la percepción de una suma fija de $40.000, la cual se abona en la fecha habitual de cobro. Según la grilla vigente de Faecys (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios), los montos que recibirán los trabajadores, dependiendo de su categoría, son los siguientes:

  • Maestranza A: $1.095.795
  • Maestranza B: $1.098.852
  • Maestranza C: $1.109.560
  • Administrativo A: $1.107.268
  • Administrativo B: $1.111.860
  • Administrativo C: $1.116.448
  • Administrativo D: $1.130.218
  • Administrativo E: $1.141.690
  • Administrativo F: $1.158.519
  • Cajeros A: $1.111.091
  • Cajeros B: $1.116.448
  • Cajeros C: $1.123.333
  • Auxiliar A: $1.111.091
  • Auxiliar B: $1.118.740
  • Auxiliar C: $1.143.985
  • Auxiliar Especializado A: $1.120.274
  • Auxiliar Especializado B: $1.134.041
  • Vendedor A: $1.111.091
  • Vendedor B: $1.134.044
  • Vendedor C: $1.141.690
  • Vendedor D: $1.158.519

Normativa sobre el aguinaldo

Es relevante mencionar que el aguinaldo se abona en una fecha determinada por la ley. Esta normativa establece que la segunda cuota debe ser pagada hasta el 18 de diciembre, que este año cae en jueves; no obstante, existe una prórroga de cuatro días hábiles para su liquidación, lo que coloca la fecha límite en el 24 de diciembre. La segunda entrega del SAC, correspondiente a 2025, está destinada a trabajadores en relación de dependencia, así como a jubilados y pensionados, quedando excluidos aquellos trabajadores no registrados, monotributistas y quienes se encuentran en el ámbito informal sin aportes.

Cálculo del aguinaldo proporcional

En el caso de que un empleado no complete los meses necesarios para recibir el aguinaldo completo en diciembre, este se liquidará de manera proporcional según los meses trabajados. Dado que cada cuota considera el primer o segundo semestre, es crucial conocer la fecha de inicio de la relación laboral para realizar el cálculo apropiado. Para determinar el monto del aguinaldo, se aplica la siguiente fórmula: el salario del empleado dividido por los 12 meses del año y multiplicado por los meses trabajados. Por ejemplo: (100.000/12) x 6 = $50.000.

Reuniones futuras entre gremios y empresas

Respecto a futuras negociaciones sobre aumentos, el más reciente acuerdo establece que “las partes firmantes de este relato asumen el compromiso de reunirse en noviembre de 2025, a iniciativa de cualquiera de ellas, para analizar las escalas básicas convencionales y discutir sumas o porcentajes, tomando en consideración las variaciones económicas que pudieran afectar dichas escalas”.

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