El gobierno establece cobro por servicios de salud a extranjeros en hospitales nacionales

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AmCham Argentina Summit 2026 Mario Lugones ministro de Salud Foto Federico lopez Claro

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Nuevo procedimiento para atención médica

El Gobierno ha implementado recientemente una normativa que establece que los extranjeros sin residencia permanente deberán comenzar a pagar por los servicios de salud no urgentes en todos los hospitales nacionales. Esta medida afecta aproximadamente al 6 por ciento del total de pacientes, según datos oficiales.

Fuentes del Ministerio de Salud indicaron que esta decisión responde a los cambios legislativos introducidos por el DNU 366/2025 en la Ley de Migraciones.

Condiciones para los extranjeros

Bajo esta nueva regulación, los residentes permanentes continuarán disfrutando del mismo acceso al sistema de salud pública que los ciudadanos argentinos, siempre que puedan certificar su condición migratoria. En cambio, se han establecido dos procedimientos para los extranjeros sin residencia:

  • Si poseen seguro de salud, el hospital podrá facturar a la compañía aseguradora el costo de la atención recibida.
  • Si no cuentan con seguro, deberán pagar de antemano por los servicios.

Garantía de atención de emergencia

Las autoridades han dejado claro que la atención en situaciones de emergencia seguirá estando asegurada para todos, independientemente de su situación migratoria. Dicha atención no podrá ser denegada ni postergada debido a procesos administrativos.

El anexo de la norma detalla los casos de emergencia considerados como excepciones, abarcando condiciones que supongan un riesgo inminente para la vida o funciones vitales, como infartos, accidentes cerebrovasculares y emergencias obstétricas. El Ministro de Salud, Mario Lugones, señaló: «Queda exceptuada de la aplicación del presente toda prestación sanitaria destinada a la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición clínica que implique riesgo cierto e inminente para la vida».

Pasos a seguir tras una emergencia

Una vez que la situación de emergencia ha sido atendida, las autoridades indicaron que los tratamientos subsiguientes podrán ser facturados al paciente o a su aseguradora, según corresponda. La resolución busca simplificar el procedimiento para los hospitales nacionales y establecer directrices claras para la recuperación de costos por atención a extranjeros no residentes, sin comprometer la atención inmediata en casos de emergencia.

antecedentes y otros hospitales

Esta decisión de exigir pagos a extranjeros por servicios de salud no es novedosa, ya que se ha aplicado previamente en provincias como Salta, Jujuy, Mendoza, Santa Cruz y la Ciudad de Buenos Aires. Ahora, se extiende a hospital nacionales como el Posadas, el Baldomero Sommer, el Ramón Carrillo, el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur y el Laura Bonaparte.

En el caso de los hospitales SAMIC, que son gestionados en conjunto por la Nación y las provincias, como es el caso del Garrahan, deberá aprobar su propio procedimiento de cobro dado que cuentan con un consejo de administración.

Casos de emergencia reconocidos

El anexo de la reglamentación indica que se consideran emergencias los siguientes casos:

  1. Paro cardiorrespiratorio o insuficiencia respiratoria aguda que requiera maniobras de reanimación.
  2. Obstrucción aguda de la vía aérea o compromiso respiratorio severo.
  3. Shock en todas sus variantes (hipovolémico, cardiogénico, séptico, etc.).
  4. Síndrome coronario agudo y emergencias cardiovasculares.
  5. Accidente cerebrovascular y otras emergencias neurológicas.
  6. Traumatismos graves que impliquen riesgo vital.
  7. Hemorragias masivas.
  8. Quemaduras extensas.
  9. Infecciones graves con riesgo sistémico.
  10. Intoxicaciones o envenenamientos.
  11. Condiciones quirúrgicas urgentes.
  12. Emergencias obstétricas que pongan en riesgo la vida de la gestante o el feto.
  13. Emergencias pediátricas o neonatales que comprometan funciones vitales.
  14. Cualquier otra situación que constituya un riesgo inmediato para la vida.

Acceso para residentes permanentes

Los extranjeros que deseen acceder al sistema de salud en igualdad de condiciones que un ciudadano argentino deben presentar obligatoriamente un Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente que indique su condición de Residente permanente. En caso de no tener el DNI debido a extravío o renovación en trámite, podrán presentar temporalmente la Constancia de Residencia Permanente en Trámite, acompañada de su pasaporte vigente.

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