La Justicia falló en un insólito caso de filiación tras descubierta infidelidad
Descubrimiento impactante sobre la paternidad
Un hombre de 43 años, residente en San Isidro, realizó un descubrimiento desconcertante sobre la paternidad de sus dos hijos menores.
Después de recibir los resultados de un estudio de ADN, se enteró de que los niños que había reconocido como propios eran, en realidad, biológicamente hijos de su primo. Este hallazgo llevó al hombre a iniciar un proceso judicial contra su expareja y el padre biológico de los menores, lo que resultó en una condena por parte de un juzgado civil que ordenó el pago de $1.500.000 en concepto de daño moral.
La relación y el inicio de las sospechas
La pareja había comenzado su convivencia en 2010. Durante su unión, nacieron una hija en 2012 y dos hijos varones en 2015 y 2017, a quienes el hombre siempre reconoció como sus hijos. Sin embargo, en 2018, el hombre empezó a sospechar de una posible infidelidad por parte de su pareja. Con el tiempo, surgieron indicios que apuntaban a que ella había mantenido una relación con su primo.
Ante las dudas sobre la paternidad de los niños, decidió realizar un análisis genético privado que corroboró que no era el padre biológico. En 2021, un juzgado de familia resolvió anular la filiación que unía al hombre con los menores y estableció que su primo era el verdadero padre.
Argumentos presentados en el juicio
Durante el juicio, la expareja argumentó que su relación había atravesado conflictos y separaciones, añadiendo que el hombre estaba al tanto de su vinculación con el padre biológico. A su vez, el primo manifestó que no sospechó ser el padre biológico hasta que se revelaron los resultados del ADN.
Decisión de la Justicia
La jueza a cargo del caso dejó en claro que el asunto primordial no era la estabilidad de la relación de pareja, sino si había habido ocultamiento sobre la posible no paternidad de los hijos. Se tomó en cuenta que existió una relación paralela durante la concepción de los menores, así como el hecho de que la mujer tuvo dos hijos con el primo y que ambos contrajeron matrimonio en 2019, poco después de que se revelaron los resultados genéticos.
La sentencia determinó que la madre tenía la obligación de informar a su pareja sobre su relación con otra persona durante el tiempo de concepción, dado que esto podría haber afectado la paternidad. La responsabilidad también se extiende al padre biológico, considerando su relación con la demandante y su parentesco con el hombre.
Rechazo de otros reclamos y conclusión del fallo
A pesar de que el hombre buscó recuperar los gastos que había asumido por la manutención y la salud de los niños, tales reclamos fueron rechazados por la jueza. Ella argumentó que esos pagos se hicieron mientras existía una relación familiar, y exigir su devolución podría perjudicar a los menores.
Igualmente, no prosperó la demanda por daño psíquico, pues la evaluación no encontró pruebas de daño psiquiátrico ni la necesidad de tratamiento, y las partes no cuestionaron las conclusiones.
A pesar de haber cuidado a los niños como si fueran propios y de que ellos lo consideraban su padre, la Justicia fijó una indemnización de $1.500.000 por daño moral, con intereses desde 24 de junio de 2021 hasta la resolución final, aplicando una tasa anual del 6% hasta la sentencia del fallo indemnizatorio.
