Dólar agro: el Gobierno aclaró las condiciones para acceder al tipo de cambio diferencial
Ese pedido de prórroga deberá justificarse por razones logísticas y/o comerciales ante la Secretaría de Agricultura.
Además, ese organismo realizará el seguimiento de las operaciones de compraventa de grano en relación a la registración de las DJVE y, ante inconsistencias y/o incumplimientos, los sujetos incumplidores podrán ser excluidos de los Registros de la Secretaría.
La Resolución también dispuso que quienes comercialicen soja a empresas que estén incluidas dentro del PIE mediante Liquidaciones Secundarias de Granos, deberán garantizar que estén respaldadas por Liquidaciones Primarias de Granos previas o comercializadas en los Mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Asimismo, quedó establecido que el monto liquidado a tipo de cambio de $300 no podrá superar la suma del monto de las compras de granos liquidadas desde el 10 de abril de 2023 al 31 de mayo de 2023 y los Derechos de Exportación pagados desde el 10 de abril de 2023 al 30 de octubre de 2023 a ese tipo de cambio.
Fuente: ámbito