ANMAT prohíbe dos sustancias en cosméticos y esmaltes semipermanentes

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Actualización de sustancias prohibidas

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha actualizado la lista de sustancias prohibidas en la elaboración de productos de cosmética, higiene personal y perfumes. Esta actualización incluye nuevas restricciones definidas por Mercosur y fue formalizada a través de la Disposición 2820/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Suspensión de compuestos químicos

La reciente modificación prohíbe dos compuestos que se utilizaban principalmente en la fabricación de esmaltes semipermanentes y geles de uñas: el óxido de difenil (2,4,6-trimetilbenzoil) fosfina, conocido como “trimethylbenzoyl diphenylphosphine oxide”, y la sustancia N,N-dimetil-p-toluidina. Esta decisión responde a la evaluación del Comité de Evaluación del Riesgo de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, que clasificó a estos componentes como «sustancias cancerígenas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción».

Funciones de los compuestos prohibidos

El primer compuesto mencionado actuaba como fotoiniciador, una molécula diseñada para absorber luz ultravioleta o visible para solidificar líquidos. Era especialmente empleado en esmaltes y geles semipermanentes. Por otro lado, la N,N-dimetil-p-toluidina se usaba comúnmente para acelerar el secado de acrilatos, resinas epoxi, cementos dentales y esmaltes de tipo gel.

Plazo para la adecuación

La ANMAT subrayó la importancia de actualizar regularmente las listas de sustancias permitidas y prohibidas con el fin de asegurar el uso seguro de materias primas en el sector cosmético. La disposición establece que los productos ya registrados tendrán un plazo de 60 días para cumplir con las nuevas normativas. Esta medida afectará a fabricantes, importadores y comercializadores de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes en el mercado argentino.

Cambios adicionales en ingredientes capilares

La ANMAT también implementó cambios en las regulaciones de ingredientes para productos capilares. A través de la Resolución 2577/2026, la institución modificó las condiciones de uso de ingredientes como el Piritionato de Zinc y el Climbazole, que son utilizados principalmente en productos para el cabello. En el caso del Piritionato de Zinc, la nueva normativa establece un límite de uso máximo del 1% solo para productos capilares de enjuague. Además, el Climbazole fue formalmente añadido al listado de ingredientes autorizados, con un límite de uso de hasta 2% en shampoos que requieren enjuague posterior.

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