El Gobierno anuncia la reducción de retenciones para el sector agropecuario
Reducción de retenciones en el sector agro
El Gobierno ha formalizado la disminución de las retenciones para los productores agropecuarios y los biocombustibles mediante el Decreto 423/2026, el cual fue publicado en el Boletín Oficial. Esta medida abarca a cultivos como la soja, girasol, maíz, cebada, trigo y sorgo, incluyendo granos y semillas, así como los subproductos que de ellos derivan. El propósito de esta reducción es fomentar la liquidación de divisas, aunque se prevé un costo fiscal de 32 millones de dólares hasta finales de este año, según estimaciones del Palacio de Hacienda.
El Gobierno argumentó que «resulta necesario continuar fortaleciendo el impulso exportador del sector agroindustrial con medidas que fortalezcan los procesos de simplificación, reducción de trámites, facilitación del comercio, apertura de nuevos mercados y disminución de impuestos distorsivos».
Detalles del decreto
El decreto también establece diferenciaciones entre los cultivos de invierno y los de verano. Para los cultivos de invierno, las reducciones serán inmediatas, mientras que para los cultivos de verano se implementará un esquema gradual, con un cronograma que comenzará a aplicarse desde enero de 2027.
La baja en las alícuotas fue anunciada por el presidente Javier Milei a finales de mayo y se aplicará a cultivos como el trigo, maíz, girasol y otros.
Bajas de alícuotas
El nuevo esquema que ha diseñado el Gobierno contempla lo siguiente:
- Trigo y cebada: La alícuota pasará del 7.5% al 5.5% para los granos, mientras que los subproductos (harina, sémola, malta, etc.) tendrán tasas que varían entre el 0% y el 5.5%.
- Soja: Se prevé una reducción gradual, con un aumento del 21% en diciembre de 2027 y del 15% a partir de diciembre de 2028.
- Maíz y sorgo: Las alícuotas se reducirán de forma escalonada, pasando del 8.5% en 2026 al 5.5% en diciembre de 2028.
- Girasol: Se implementarán reducciones para semillas y aceites, con el aceite de girasol tributando entre el 2.5% y 4.5% en 2026, reduciéndose a entre 1% y 3% hacia finales de 2028.
- Biodiésel: Se establece una alícuota del 0% para el biodiésel elaborado a partir de carinata, camelina, cártamo o colza. Sin embargo, el biodiésel de soja seguirá sujeto a derechos de exportación, con una reducción gradual del 21% actual al 13% en diciembre de 2028.
