El Gobierno deroga restricciones para el patentamiento biotecnológico

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Eliminación de normativas restrictivas

El Gobierno nacional ha decidido derogar una normativa que estaba en vigor desde 2015, la cual imponía criterios restrictivos para el patentamiento de desarrollos biotecnológicos en Argentina. Esta decisión fue oficializada el viernes mediante la resolución 197/2026 del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), la cual fue publicada en el Boletín Oficial.

Con esta medida, se deja sin efecto la resolución 283/2015 y se modifican las directrices de patentamiento actuales, restaurando criterios que eran considerados más favorables para la protección de innovaciones vinculadas a la biotecnología.

Argumentos del INPI

Desde el INPI, se argumentó que los cambios implementados hace más de una década habían creado un «entorno registral restrictivo y desfavorable para la innovación y la inversión». Además, se consideró que estas restricciones complicaban el acceso a tecnologías esenciales para mejorar la productividad y competitividad del sector agropecuario argentino.

Detalles de la nueva resolución

Entre las razones que respaldan esta resolución, se señala que las modificaciones de 2015 habían introducido nuevos criterios de exclusión para el patentamiento de plantas, animales y sus componentes, limitando así la protección de ciertos desarrollos tecnológicos. Con esta derogación, se busca colocar a Argentina en una posición más competitiva frente a otros países que han adoptado

  • Esquemas más flexibles en el patentamiento de innovaciones biotecnológicas.
  • Restablecer la redacción original de las directrices aprobadas en 2003.

Objetivos y cláusula de resguardo

Según los considerandos de la resolución, esta medida tiene como objetivo «restablecer un entorno más claro, predecible y compatible con la promoción de la innovación biotecnológica«, alineándose con la legislación nacional y los estándares internacionales.

La norma también incluye una cláusula que protege a terceros de buena fe. Esto implica que aquellas personas que actualmente comercialicen productos que puedan estar sujetos a estas nuevas patentes no estarán obligadas a pagar retribuciones y podrán seguir con su actividad comercial sin interrupciones.

La resolución lleva la firma del presidente del INPI, Carlos María Gallo, y ha entrado en vigencia con su publicación el viernes.

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