Ratificada la condena de siete años de prisión para la modelo vinculada al narcotráfico
Confirmación de la pena en el caso de Martina Oliva
La Cámara Federal de Casación Penal ha ratificado la pena de siete años de prisión impuesta a la modelo y ex Miss Orán, Martina Oliva, quien había sido hallada culpable del transporte de 15 kilos de marihuana en las rutas de Salta. La decisión se tomó por parte de los jueces Ángela Ledesma, Daniel Petrone y Javier Carbajo, quienes confirmaron la sentencia emitida por el Tribunal Oral en lo Federal (TOF) N°1 de Salta.
Detalles del caso y apelación
La intervención del máximo tribunal penal se dio tras una apelación presentada por la defensa de Oliva, que argumentó la nulidad del juicio y la sentencia por falta de defensa efectiva. Según la defensa, durante el debate no se presentó evidencia documental que, a su juicio, podría haber llevado a una decisión errónea del tribunal.
Además, la defensa cuestionó las evidencias del Ministerio Público Fiscal acerca del papel de Oliva en el envío y recepción de dinero con otros condenados, como José Burgos, calificado como el principal comprador de la droga. La defensa solicitó así una disminución de la pena, sosteniendo que Oliva había tenido un rol secundario en la operación.
Declaraciones en la audiencia
Durante una audiencia ante los jueces, Oliva expresó las consecuencias personales y familiares que le ha traído la exposición pública de su caso. Relató que se ha sentido discriminada por los medios y ha padecido ataques de pánico y ansiedad. En respuesta, el Ministerio Público, representado por el fiscal general Mario Villar y el auxiliar Federico Rodríguez Ovide, solicitó el rechazo de la impugnación, argumentando que la falta de defensa era insustancial.
Sentencia y contexto
Oliva fue condenada en marzo por las juezas María Alejandra Cataldi, Gabriela Catalano y Marta Snopek, quienes también subrayaron la implicación del comerciante Joaquín Tolaba, su pareja, quien recibió una condena de diez años de prisión. La defensa había argumentado que Oliva era «víctima del amor», a lo que el fiscal general Eduardo Villalba replicó afirmando que el amor no exime de responsabilidad.
Villalba recordó que durante el juicio otros cinco miembros de la organización ya habían sido condenados en juicios abreviados y que la conducta de la pareja evidenciaba un claro patrón delictivo. La jueza Cataldi también comentó que reducir la actuación de Oliva a un acto de amor refleja una postura patriarcal que subestima el empoderamiento femenino.
Análisis de la pena
El juez Petrone argumentó que las inquietudes de la defensa no justificaban una sanción desproporcionada. También destacó que Oliva no demostró una situación de vulnerabilidad social que limitara su autodeterminación, aunque se tomaron en cuenta factores atenuantes como su condición de madre y su comportamiento adecuado durante el proceso.
