El Gobierno actualiza el sistema de control para autopartes y neumáticos: nuevos cambios anunciados

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Modificaciones en la identificación de autopartes

El Gobierno ha implementado cambios en el sistema de identificación de autopartes mediante el uso de códigos QR, además de flexibilizar algunos requisitos establecidos el año pasado para la venta de componentes de seguridad vehicular. Esta decisión se formalizó a través de una resolución emitida por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.

Ajustes en el régimen de control

La nueva normativa modifica el régimen creado en 2025, que obligaba a los fabricantes e importadores de autopartes de seguridad a incluir un Código QR. Este código permite a los consumidores y a las autoridades acceder a información detallada sobre el producto, como el fabricante, la marca, el modelo, el origen, el número de certificación y el organismo certificador.

El Gobierno ha explicado que, durante la implementación del sistema, recibieron comentarios de cámaras empresariales del sector automotor y de autopartistas, señalando dificultades operativas para cumplir con ciertos requisitos originalmente establecidos.

Excepciones para los neumáticos

En respuesta a estas observaciones, la resolución incluye una excepción específica para los neumáticos. En circunstancias donde sea «materialmente imposible» colocar el código QR en el producto o en su envase primario, la información podrá ser proporcionada a través de un código visible en el punto de venta o de entrega.

Además, se estipula que cuando la venta se realice a través de medios electrónicos o canales de venta a distancia, la información deberá estar disponible para el consumidor antes de completar la compra, a través de un enlace digital visible.

Plazo para adecuar el stock existente

Otro cambio significativo es la implementación de un período de transición para el stock existente. Las autopartes y elementos de seguridad fabricados o importados antes de la entrada en vigor del régimen podrán seguir siendo comercializados hasta el 1 de septiembre de 2026, siempre que cumplan con la normativa vigente en el momento de su fabricación o importación.

Transcurrido este plazo, todos los productos deberán adaptarse a las nuevas disposiciones sobre trazabilidad e identificación. Desde el Ministerio de Economía han indicado que estas modificaciones tienen como objetivo facilitar la implementación del sistema, mejorar las condiciones de trazabilidad y asegurar el acceso a la información tanto para consumidores como para las autoridades de fiscalización.

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